Declaración de Renta 2025: ¿Quién está obligado a presentarla y cuándo? Límites y fechas
Esto es lo que debe saber de cara a la declaración de renta este año.

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Es la hora de declarar renta, un trámite importante para evitar sanciones o problemas con las autoridades tributarias a nivel nacional. En efecto, hay ciertos plazos que se deben cumplir al pie de la letra, a partir de este martes 12 de agosto. El evadirlo puede traer serias consecuencias, por lo que en Claro Sports le contamos todo lo que debe saber acerca de este deber para los ciudadanos.
¿Qué es la Declaración de Renta en Colombia?
En Colombia, la declaración de renta es un documento en el que personas naturales o jurídicas deben registrar ante la DIAN, que es la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Allí deben informar cuánto dinero han ganado en el último año, así como el patrimonio, gastos y pagos en impuestos.
¿Quiénes están obligados a presentar la Declaración de Renta 2025? Límites y topes
Este año, están llamados a pagar todos los que hayan cumplido con estos límites:
- Ingresos iguales o superiores a los $65.891.000 pesos.
- Movimientos en tarjetas de crédito por $65.891.000 pesos.
- Compras iguales o superiores a $65.891.000 pesos.
- Consignaciones bancarias o inversiones de al menos $65.891.000 pesos.
- Patrimonio bruto que iguale o supere los $211.792.500 pesos.
¿Cuándo debo hacer la Declaración de Renta 2025? Calendario por últimos dígitos de tu NIT
| Últimos dígitos del NIT | Fecha límite |
| 01 y 02 | 12 de agosto |
| 03 y 04 | 13 de agosto |
| 05 y 06 | 14 de agosto |
| 07 y 08 | 15 de agosto |
| 09 y 10 | 19 de agosto |
| 11 y 12 | 20 de agosto |
| 13 y 14 | 21 de agosto |
| 15 y 16 | 22 de agosto |
| 17 y 18 | 25 de agosto |
| 19 y 20 | 26 de agosto |
| 21 y 22 | 27 de agosto |
| 23 y 24 | 28 de agosto |
| 25 y 26 | 29 de agosto |
| 27 y 28 | 1 de septiembre |
| 29 y 30 | 2 de septiembre |
| 31 y 32 | 3 de septiembre |
| 33 y 34 | 4 de septiembre |
| 35 y 36 | 5 de septiembre |
| 37 y 38 | 8 de septiembre |
| 39 y 40 | 9 de septiembre |
| 41 y 42 | 10 de septiembre |
| 43 y 44 | 11 de septiembre |
| 45 y 46 | 12 de septiembre |
| 47 y 48 | 15 de septiembre |
| 49 y 50 | 16 de septiembre |
| 51 y 52 | 17 de septiembre |
| 53 y 54 | 18 de septiembre |
| 55 y 56 | 19 de septiembre |
| 57 y 58 | 22 de septiembre |
| 59 y 60 | 23 de septiembre |
| 61 y 62 | 24 de septiembre |
| 63 y 64 | 25 de septiembre |
| 65 y 66 | 26 de septiembre |
| 67 y 68 | 1 de octubre |
| 69 y 70 | 2 de octubre |
| 71 y 72 | 3 de octubre |
| 73 y 74 | 6 de octubre |
| 75 y 76 | 7 de octubre |
| 77 y 78 | 8 de octubre |
| 79 y 80 | 9 de octubre |
| 81 y 82 | 10 de octubre |
| 83 y 84 | 14 de octubre |
| 85 y 86 | 15 de octubre |
| 87 y 88 | 16 de octubre |
| 89 y 90 | 17 de octubre |
| 91 y 92 | 20 de octubre |
| 93 y 94 | 21 de octubre |
| 95 y 96 | 22 de octubre |
| 97 y 98 | 23 de octubre |
| 99 y 00 | 24 de octubre |
¿Qué pasa si no presento mi Declaración de Renta 2025? Estas son las sanciones de Ley
En caso de declarar renta fuera de los plazos, puede verse expuesto a las siguientes sanciones:
- Multa por extemporaneidad. Equivale al 5% del impuesto a cargo y aumenta con cada mes o fracción de mes.
- Sanción mínima de $498.000 pesos.
- De omitir los casos anteriores, habrá un 20% como sanción respecto al valor de consignaciones bancarias o ingresos brutos.
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