Pico y placa en Bogotá para este lunes, 15 de septiembre de 2025: horarios, restricciones y vehículos exentos

Publicado

En Claro Sports se pueden informar sobre cómo se manejará la medida del pico y placa en Bogotá para el lunes 15 de septiembre.

Consejos para movilizarte sin problemas por pico y placa. | Charly Triballeau / AFP
Consejos para movilizarte sin problemas por pico y placa. | Charly Triballeau / AFP

Comienza una nueva semana laboral en el territorio colombiano. Es importante tener en cuenta que, en Bogotá, se endurece la vigilancia de las autoridades de tránsito con la medida de pico y placa. Por esto, en Claro Sports le contamos todo lo relacionado con esta medida.

¿Qué vehículos tienen pico y placa en Bogotá este lunes, 15 de septiembre de 2025?

Por ser día impar, lógicamente se modifican las restricciones en cuanto a los vehículos particulares. Para este lunes, no podrán transitar vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0. De lo contrario, matrículas entre 1 y 5 tendrán luz verde.

¿Cuáles son los horarios del pico y placa en Bogotá?

La restricción para quienes tienen turno de no circulación va desde las 6:00 de la mañana hasta las 9:00 de la noche. Antes y después, todos pueden movilizarse sin inconvenientes por la capital.

¿Qué excepciones aplican al pico y placa de Bogotá?

Si bien la mayoría de los vehículos particulares se ven afectados por el pico y placa, cabe aclarar que también existen algunas excepciones, las cuales aplican para estos:

  • Vehículos eléctricos e híbridos.
  • Vehículos de servicio diplomático o consular.
  • Vehículos de emergencia.
  • Vehículos de organismos de seguridad del Estado.
  • Vehículos de transporte escolar.
  • Vehículos de autoridades judiciales.
  • Vehículos de medios de comunicación.
  • Vehículos utilizados para el transporte de personas con discapacidad.
  • Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios.
  • Vehículos destinados al control del tráfico y grúas.

¿Qué sanciones se aplican por incumplir el pico y placa en Bogotá?

La sanción por incumplir esta normativa corresponde a una multa equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes para 2025, lo que asciende a 711.750 pesos colombianos, más los costos asociados a grúa e inmovilización del vehículo. La norma contempla además exenciones para vehículos eléctricos o híbridos, de emergencia, de servicio diplomático, transporte escolar, personas con discapacidad, entre otros.

Te puede interesar: