Pico y placa en Bogotá para este martes, 16 de septiembre de 2025: horarios, restricciones y vehículos exentos
Consulte cuáles serán las restricciones en Bogotá para este martes.

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Continúa otra semana laboral más en Bogotá. Con el furor de tantos eventos este fin de semana, todo va volviendo a la normalidad y es importante revisar cómo se comportará el pico y placa cada día. Es por esto que en Claro Sports le contamos todo lo que debe saber acerca de esta restricción.
¿Qué vehículos tienen pico y placa en Bogotá este martes, 16 de septiembre de 2025?
Por ser un día par, lógicamente se modifica la rotación de placas inhabilitadas para transitar en la capital colombiana. En esta oportunidad, matrículas que culminen en 6, 7, 8, 9 y 0 sí tendrán luz verde. Esto quiere decir que las que terminen entre 1 y 5 no podrán salir a las calles.
¿Cuáles son los horarios del pico y placa en Bogotá?
La restricción para quienes tienen turno de no circulación va desde las 6:00 de la mañana hasta las 9:00 de la noche. Antes y después, todos pueden movilizarse sin inconvenientes por la capital.
¿Qué excepciones aplican al pico y placa de Bogotá?
Si bien la mayoría de los vehículos particulares se ven afectados por el pico y placa, cabe aclarar que también existen algunas excepciones, las cuales aplican para estos:
- Vehículos eléctricos e híbridos.
- Vehículos de servicio diplomático o consular.
- Vehículos de emergencia.
- Vehículos de organismos de seguridad del Estado.
- Vehículos de transporte escolar.
- Vehículos de autoridades judiciales.
- Vehículos de medios de comunicación.
- Vehículos utilizados para el transporte de personas con discapacidad.
- Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios.
- Vehículos destinados al control del tráfico y grúas.
¿Qué sanciones se aplican por incumplir el pico y placa en Bogotá?
La sanción por incumplir esta normativa corresponde a una multa equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes para 2025, lo que asciende a 711.750 pesos colombianos, más los costos asociados a grúa e inmovilización del vehículo. La norma contempla además exenciones para vehículos eléctricos o híbridos, de emergencia, de servicio diplomático, transporte escolar, personas con discapacidad, entre otros.
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