Pico y placa en Bogotá para este martes, 9 de septiembre de 2025: horarios, restricciones y vehículos exentos

Publicado

Así será la medida de pico y placa para este martes.

Pico y placa | Alcaldía de Bogotá.
Pico y placa | Alcaldía de Bogotá.

Avanza la semana laboral en territorio colombiano. Para la capital, sin duda, una de las preguntas frecuentes de los bogotanos radica en saber cuándo les toca la medida de pico y placa. Es por esto que en Claro Sports le contamos todo lo que debe saber al respecto.

¿Qué vehículos tienen pico y placa en Bogotá este martes, 9 de septiembre de 2025?

Se avecina un día impar. Es por esto que se modifica el sistema de rotación en cuanto a los vehículos particulares que podrán transitar por Bogotá. Hay restricción para las placas que finalicen en 6, 7, 8, 9 y 0. De lo contrario, las matrículas entre 1 y 5 sí tienen luz verde.

¿Cuáles son los horarios del pico y placa en Bogotá?

La restricción para quienes tienen turno de no circulación va desde las 6:00 de la mañana hasta las 9:00 de la noche. Antes y después, todos pueden movilizarse sin inconvenientes por la capital.

¿Qué excepciones aplican al pico y placa de Bogotá?

Si bien la mayoría de los vehículos particulares se ven afectados por el pico y placa, cabe aclarar que también existen algunas excepciones, las cuales aplican para estos:

  • Vehículos eléctricos e híbridos.
  • Vehículos de servicio diplomático o consular.
  • Vehículos de emergencia.
  • Vehículos de organismos de seguridad del Estado.
  • Vehículos de transporte escolar.
  • Vehículos de autoridades judiciales.
  • Vehículos de medios de comunicación.
  • Vehículos utilizados para el transporte de personas con discapacidad.
  • Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios.
  • Vehículos destinados al control del tráfico y grúas.

¿Qué sanciones se aplican por incumplir el pico y placa en Bogotá?

La sanción por incumplir esta normativa corresponde a una multa equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes para 2025, lo que asciende a 711.750 pesos colombianos, más los costos asociados a grúa e inmovilización del vehículo. La norma contempla además exenciones para vehículos eléctricos o híbridos, de emergencia, de servicio diplomático, transporte escolar, personas con discapacidad, entre otros.

Te puede interesar: