Pico y placa en Bogotá para este miércoles, 13 de agosto de 2025: horarios, restricciones y vehículos exentos

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Consulte las restricciones para este miércoles en suelo capitalino.

Pico y Placa en Bogotá
Pico y Placa en Bogotá

Inicia otro día laboral y es importante agendarse para evitar contratiempos serios. El pico y placa, por supuesto, es una de las medidas más rigurosas en Bogotá para mitigar el tráfico de vehículos en todos los corredores viales. En Claro Sports le contamos todo lo que debe saber para este miércoles, 13 de agosto:

¿Qué vehículos tienen pico y placa en Bogotá este miércoles, 13 de agosto de 2025?

El turno de circulación, en este caso, les corresponde a los vehículos particulares con placas finalizadas en 1, 2, 3, 4 o 5. Esto aplica por ser un día impar. De lo contrario, las matrículas que culminen entre 6 y 0 no estarán habilitadas para transitar por la capital colombiana.

¿Cuáles son los horarios del pico y placa en Bogotá?

La restricción para quienes tienen turno de no circulación va desde las 6:00 de la mañana hasta las 9:00 de la noche. Antes y después, todos pueden movilizarse sin inconvenientes por la capital.

¿Qué excepciones aplican al pico y placa de Bogotá?

Si bien la mayoría de los vehículos particulares se ven afectados por el pico y placa, cabe aclarar que también existen algunas excepciones, las cuales aplican para estos:

  • Vehículos eléctricos e híbridos.
  • Vehículos de servicio diplomático o consular.
  • Vehículos de emergencia.
  • Vehículos de organismos de seguridad del Estado.
  • Vehículos de transporte escolar.
  • Vehículos de autoridades judiciales.
  • Vehículos de medios de comunicación.
  • Vehículos utilizados para el transporte de personas con discapacidad.
  • Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios.
  • Vehículos destinados al control del tráfico y grúas.

¿Qué sanciones se aplican por incumplir el pico y placa en Bogotá?

La sanción por incumplir esta normativa corresponde a una multa equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes para 2025, lo que asciende a 711.750 pesos colombianos, más los costos asociados a grúa e inmovilización del vehículo. La norma contempla además exenciones para vehículos eléctricos o híbridos, de emergencia, de servicio diplomático, transporte escolar, personas con discapacidad, entre otros.

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