Retroactivo pensional en Colombia: ¿Cómo reclamar la ‘platica extra’ paso a paso?

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Reclama tu retroactivo pensional a tiempo y sin perder derechos

Retroactivo pensional en Colombia | ChatGPT.
Retroactivo pensional en Colombia | ChatGPT.

El retroactivo pensional es el pago que recibe un pensionado por los meses (o años) en los que ya tenía derecho a su pensión, pero aún no se la habían empezado a pagar. En otras palabras, si una persona cumple con los requisitos de edad y semanas cotizadas, y presenta su solicitud de pensión, el sistema pensional (Colpensiones, un fondo privado, etc.) puede tardar un tiempo en reconocerla. Una vez la reconoce, debe pagarle todo el dinero acumulado desde la fecha en que nació el derecho hasta la fecha en que efectivamente le empezaron a pagar mes a mes.

¿Qué es el retroactivo pensional y quiénes pueden reclamarlo?

El retroactivo pensional es un derecho legal que otorga a los trabajadores el pago de todas las mesadas no recibidas durante el período de espera para el reconocimiento formal de la pensión. Este beneficio aplica para quienes cumplieron con la edad y el número de semanas cotizadas exigidas por la ley. Las mujeres deben tener 57 años y los hombres 62 años. 

¿Cuál es el paso a paso para solicitar el retroactivo ante su fondo?

Para solicitar el pago retroactivo, el interesado debe presentar los siguientes documentos:

  • Formulario de solicitud emitido por la administradora de pensiones correspondiente (Colpensiones o fondo privado).
  • Copia del acto administrativo o resolución que otorga el reconocimiento de la pensión.
  • Historia laboral actualizada.
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía.

¿Cómo se calcula el monto y cuáles son los plazos para reclamar?

Para calcular el monto del retroactivo, se toma como referencia la mesada que le correspondía legalmente al beneficiario en la fecha en que adquirió el derecho. Ese valor se actualiza hasta la fecha de reconocimiento y pago, aplicando ajustes para mantener su poder adquisitivo.

De acuerdo con la mayoría de las normas y sentencias vigentes, el plazo de prescripción para reclamar mesadas pensionales o de seguridad social es de tres años. Esto significa que, si no se solicita el pago dentro de los tres años posteriores a que la obligación se hizo exigible, el derecho se pierde.

Presentar la reclamación ante la administradora de pensiones interrumpe este plazo, por lo que es fundamental actuar de manera oportuna. Si la entidad niega el pago, el siguiente paso es acudir a la jurisdicción laboral para que un juez determine si procede el reconocimiento de las mesadas.

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