Asilo de menores: juez restablece 21 días de aviso para menores en EE. UU.
USCIS deberá restablecer el plazo de 21 días y las reglas anteriores para solicitar una reprogramación

Los menores migrantes no acompañados que solicitan asilo en Estados Unidos recuperaron temporalmente un margen de tiempo para preparar sus entrevistas ante las autoridades migratorias. Un juez federal de Maryland ordenó suspender dos cambios de procedimiento implementados por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS), que habían reducido el aviso previo y endurecido las condiciones para modificar la fecha de esas citas.
La resolución, emitida el viernes 30 de octubre, obliga al gobierno a restablecer el aviso escrito de al menos 21 días antes de una entrevista de asilo. También recupera las reglas anteriores para solicitar una reprogramación: una modificación de fecha como procedimiento ordinario y una segunda posibilidad por causa justificada.
La decisión tiene alcance nacional, pero no representa una aprobación de las solicitudes de asilo ni una suspensión general de deportaciones. Se trata de una medida judicial temporal que restablece determinadas garantías procesales mientras continúa el litigio sobre las políticas migratorias.
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¿Qué ordenó el juez sobre las entrevistas de asilo?
El juez federal Brendan A. Hurson, del Tribunal de Distrito de Maryland, concedió una orden temporal de restricción solicitada por organizaciones que ofrecen representación legal a menores migrantes. El caso, identificado como The Door v. Edlow, cuestiona las modificaciones que USCIS introdujo durante agosto y septiembre de 2026.
La primera modificación eliminó el requisito de notificar las entrevistas con al menos 21 días de anticipación. Según los argumentos presentados por las organizaciones demandantes, algunos menores y sus abogados comenzaron a recibir avisos con apenas unos días de margen e incluso con menos de 24 horas.
El segundo cambio restringió las posibilidades de reprogramar una entrevista. A partir del 21 de agosto, USCIS comenzó a exigir circunstancias excepcionales para autorizar una nueva fecha, un criterio más estricto que el procedimiento anterior.
El tribunal suspendió ambas políticas y ordenó recuperar las reglas previas. También estableció que el gobierno deberá presentar un informe de cumplimiento dentro de las siguientes 48 horas, en el que detalle las medidas adoptadas para acatar la resolución.
¿A qué menores migrantes protege la resolución?
La orden se refiere específicamente a los menores no acompañados que solicitan asilo en Estados Unidos. La legislación federal utiliza esta categoría para identificar a personas menores de 18 años que no tienen estatus migratorio legal y que no cuentan con un padre o tutor legal en el país disponible para proporcionarles cuidado y custodia física.
Esto significa que no cualquier menor migrante queda automáticamente incluido en la disposición. Los niños que viajan con sus padres o con un tutor legal disponible no entran necesariamente en esta categoría. Tampoco se modifican de manera general los procedimientos de los solicitantes adultos.
El proceso al que se refiere la resolución comienza con una entrevista no adversarial ante la oficina de asilo de USCIS. Si la agencia no concede la solicitud y el menor no cuenta con otro estatus legal, el caso puede ser remitido a un juez de inmigración.
Por eso, el tiempo previo a la entrevista resulta importante. Los representantes legales necesitan reunir documentos, preparar pruebas, conseguir intérpretes y ayudar al menor a explicar experiencias que pueden involucrar situaciones traumáticas en su país de origen.
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¿Qué cambia para los menores que tienen una entrevista programada?
La resolución restablece tres aspectos fundamentales del procedimiento anterior:
- Aviso previo: USCIS debe generar y enviar una notificación escrita con al menos 21 días de anticipación a la entrevista.
- Reprogramación: se recupera la posibilidad de solicitar un cambio de fecha una vez como procedimiento ordinario y, posteriormente, por causa justificada.
- Preparación legal: al evaluar una solicitud de reprogramación, deben considerarse factores como la disponibilidad del abogado, los conflictos de agenda, la necesidad de reunir pruebas y la capacidad del menor para asistir.
La orden no concede automáticamente una nueva fecha a todos los menores que ya tenían una entrevista programada. Tampoco significa que cualquier solicitud de reprogramación vaya a ser aprobada sin revisión. Lo que hace es restablecer temporalmente las condiciones anteriores para tramitarla.
Las familias deben revisar las notificaciones que reciban de USCIS y mantener comunicación con sus representantes legales. La resolución no sustituye el seguimiento individual de cada expediente.
¿Hasta cuándo estará vigente la orden judicial?
La resolución fue emitida el 30 de octubre de 2026 y establece que la medida expirará al mediodía del viernes 13 de noviembre, salvo que el tribunal decida extenderla o emita otra disposición.
Durante ese periodo, el gobierno deberá cumplir con la suspensión de las políticas cuestionadas y recuperar los procedimientos anteriores. El litigio continuará mientras el juez evalúa si corresponde mantener las protecciones por un periodo mayor.
Para las familias con menores que atraviesan un proceso de asilo, es importante considerar que esta orden no resuelve el fondo de sus solicitudes ni garantiza un resultado favorable. Su alcance se limita a las condiciones de aviso y reprogramación de las entrevistas ante USCIS.
La decisión devuelve temporalmente tiempo y condiciones de preparación a menores que enfrentan uno de los procedimientos más delicados del sistema migratorio estadounidense. El siguiente paso será conocer si el tribunal mantiene esas protecciones después del 13 de noviembre.


