Ciudadanía por nacimiento en EE.UU.: el nuevo frente que puede afectar a familias latinas
Una nueva orden de Donald Trump busca limitar el reconocimiento de ciudadanía estadounidense en determinados casos de niños nacidos en Estados Unidos. Una jueza federal cuestionó este viernes la medida, mientras el gobierno prepara las reglas para aplicarla.

La ciudadanía por nacimiento volvió a estar en el centro de una batalla judicial en Estados Unidos. Este viernes, una jueza federal de Maryland rechazó por ahora una solicitud para bloquear la nueva orden ejecutiva de Donald Trump que busca restringir el reconocimiento de ciudadanía estadounidense en determinadas circunstancias. Sin embargo, la magistrada cuestionó la viabilidad legal de la medida y permitió que los demandantes modifiquen su demanda para impugnarla.
La decisión no elimina la ciudadanía por nacimiento. Tampoco significa que los hijos de inmigrantes nacidos en Estados Unidos hayan dejado automáticamente de ser ciudadanos.
La disputa es mucho más específica: qué excepciones pueden existir y hasta dónde puede llegar el gobierno federal para definirlas mediante una orden ejecutiva.
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¿Qué está intentando cambiar Trump?
El 6 de agosto de 2026, Trump firmó la Orden Ejecutiva 14418, titulada Continuing to Protect the Meaning and Value of American Citizenship.
La medida establece que las agencias federales no deberán emitir documentos que reconozcan la ciudadanía estadounidense cuando ninguno de los padres sea ciudadano estadounidense y se presente alguna de determinadas circunstancias.
La propia Casa Blanca explica, en la Orden Ejecutiva 14418, que entre las categorías contempladas aparecen casos en los que alguno de los padres sea considerado un “alien enemy” bajo determinadas leyes estadounidenses; sea empleado de un gobierno extranjero; o haya participado en una operación comercial o fraudulenta relacionada con la obtención de ciudadanía mediante el nacimiento en territorio estadounidense.
La orden también contempla determinados casos relacionados con territorios o aguas territoriales de Estados Unidos.
El gobierno sostiene que estas situaciones no estarían protegidas por la interpretación de la ciudadanía por nacimiento que estableció la Suprema Corte en junio.
¿Qué dice la Constitución?
La base de toda esta discusión está en la Decimocuarta Enmienda de la Constitución de Estados Unidos.
Su Citizenship Clause establece que las personas nacidas o naturalizadas en Estados Unidos y sujetas a su jurisdicción son ciudadanos estadounidenses.
Ese principio es precisamente el que volvió a interpretar la Suprema Corte este año.
¿Qué decidió la Suprema Corte en junio?
El 30 de junio de 2026, la Suprema Corte decidió el caso Trump v. Barbara, relacionado con el intento inicial de la administración Trump de restringir la ciudadanía por nacimiento.
La Corte concluyó que los niños nacidos en Estados Unidos cuyos padres se encuentran ilegal o temporalmente en el país están sujetos a la jurisdicción estadounidense y son ciudadanos al nacer bajo la Decimocuarta Enmienda.
La resolución fue emitida por la Suprema Corte y puede consultarse directamente en su fallo oficial de Trump v. Barbara.
El documento es particularmente importante porque establece la interpretación constitucional que sirve como punto de partida para la nueva batalla.
La Corte también recordó el precedente de United States v. Wong Kim Ark, la histórica decisión de 1898 relacionada con la ciudadanía de personas nacidas en Estados Unidos de padres extranjeros.
Entonces, ¿por qué existe una nueva orden?
La nueva orden ejecutiva de agosto no intenta simplemente repetir palabra por palabra la medida anterior.
La administración Trump sostiene que existen categorías particulares de personas que no estarían comprendidas dentro de la regla general de ciudadanía por nacimiento y que la Suprema Corte no habría eliminado esas excepciones.
Por eso la Orden Ejecutiva 14418 se concentra en circunstancias específicas.
La propia Casa Blanca señala que la medida pretende identificar categorías de niños que, según la interpretación del gobierno, no quedarían dentro de la regla establecida por la Suprema Corte.
Pero esa interpretación ya está siendo cuestionada ante los tribunales.
¿Qué pasó este viernes en la corte federal?
La jueza federal Deborah Boardman, en Maryland, rechazó por ahora una solicitud para detener su aplicación.
Pero esa decisión no significa que la jueza haya declarado constitucional la orden.
La demanda que estaba ante la corte había sido presentada contra la orden anterior de Trump y todavía no incorporaba formalmente la nueva medida de agosto. Por esa razón, la jueza no bloqueó inmediatamente la nueva orden.
Al mismo tiempo, permitió que los demandantes actualicen su demanda y estableció un calendario acelerado para continuar con la disputa.
Durante la audiencia, Boardman cuestionó además si la nueva orden podía establecer mediante una decisión presidencial excepciones que, a su juicio, no aparecen claramente en la interpretación de la Suprema Corte.
Por ahora, por tanto, la orden permanece en el centro de una batalla judicial que apenas comienza.
¿Qué significa esto para las familias latinas?
Si una familia latina tiene un hijo nacido en Estados Unidos, la nueva orden no significa automáticamente que ese niño haya perdido su ciudadanía estadounidense.
La decisión de la Suprema Corte del 30 de junio sigue estableciendo que los niños nacidos en Estados Unidos de padres que se encuentran ilegal o temporalmente en el país son ciudadanos al nacer bajo la Decimocuarta Enmienda.
La resolución oficial de la Suprema Corte es el documento de referencia para esa conclusión.
La nueva orden de agosto se dirige a situaciones específicas, no a todos los hijos de inmigrantes.
Por eso es incorrecto afirmar que Estados Unidos haya eliminado de manera general la ciudadanía por nacimiento.
¿A qué situaciones apunta la nueva orden?
Hijos de personas consideradas “alien enemies”
La orden contempla casos en los que alguno de los padres sea considerado un “alien enemy” bajo determinadas disposiciones de la legislación estadounidense.
La definición incluida en la orden hace referencia, entre otros supuestos, a personas vinculadas con determinadas organizaciones designadas por el gobierno estadounidense.
Hijos de determinados empleados de gobiernos extranjeros
También contempla situaciones en las que alguno de los padres sea empleado de un gobierno extranjero.
La orden menciona específicamente a embajadores, determinados empleados de embajadas o consulados, empleados de gobiernos extranjeros en funciones oficiales y determinados trabajadores de organizaciones internacionales con inmunidad.
Casos relacionados con fraude o “birth tourism”
La tercera categoría está relacionada con operaciones comerciales que, según la administración, buscan obtener la ciudadanía mediante el nacimiento en Estados Unidos.
La orden incluye situaciones en las que los padres hayan realizado una transacción comercial para asegurar que la madre esté en Estados Unidos con el propósito de dar a luz, así como determinadas situaciones relacionadas con maternidad subrogada.
La Casa Blanca publicó además una explicación específica sobre esta política en su documento oficial sobre el fin del llamado “birth tourism”.
Determinados territorios estadounidenses
La cuarta categoría se refiere a personas nacidas en determinados territorios o aguas territoriales de Estados Unidos en los que, de acuerdo con la propia orden, la ciudadanía no se concede mediante una ley federal.
¿Cuándo comenzaría a aplicarse?
La Orden Ejecutiva 14418 instruye al secretario de Estado, al fiscal general, al secretario de Seguridad Nacional y al comisionado de la Administración del Seguro Social a tomar medidas para implementar la política.
Además, establece que las agencias federales deberán emitir orientación pública dentro de los 30 días posteriores a la firma de la orden.
Eso significa que el gobierno todavía debe explicar con mayor detalle cómo pretende aplicar la medida en la práctica.
Y ese punto será especialmente importante para determinar qué casos concretos podrían verse afectados.
¿La ciudadanía por nacimiento sigue vigente?
La Suprema Corte no eliminó la ciudadanía por nacimiento.
Por el contrario, en su decisión del 30 de junio sostuvo que los niños nacidos en Estados Unidos de padres que se encuentran ilegal o temporalmente en el país están sujetos a la jurisdicción estadounidense y son ciudadanos al nacer.
La decisión oficial de Trump v. Barbara es la referencia jurídica principal.
Lo que está ocurriendo ahora es una nueva disputa sobre determinadas excepciones y sobre la autoridad del Poder Ejecutivo para definirlas mediante una orden presidencial.
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¿Qué deben saber las familias latinas?
La primera recomendación es sencilla:
No asumir que la ciudadanía de un niño nacido en Estados Unidos está en riesgo simplemente porque sus padres son inmigrantes.
Eso no es lo que establece la nueva orden.
La situación puede ser diferente en los casos específicos que la administración incluyó en la medida, particularmente cuando alguno de los padres trabaja para un gobierno extranjero, existe una acusación de fraude relacionada con el nacimiento o se presenta alguna de las circunstancias expresamente descritas en la orden.
Y como la medida está siendo impugnada ante los tribunales, su aplicación puede cambiar conforme avance el proceso judicial.
Las familias que crean que su situación puede estar directamente comprendida en alguna de esas categorías deberían consultar con un abogado de inmigración o un representante legal acreditado antes de tomar decisiones basadas únicamente en publicaciones de redes sociales.
Una batalla que todavía no termina
La ciudadanía por nacimiento vuelve a enfrentar una prueba en los tribunales estadounidenses. Trump intentó restringirla mediante una primera orden ejecutiva. La Suprema Corte se pronunció el 30 de junio y estableció que los niños nacidos en Estados Unidos de padres ilegal o temporalmente presentes son ciudadanos al nacer.
Después, el gobierno regresó con una nueva orden, más enfocada en determinadas categorías que considera excepciones. Este viernes, una jueza federal decidió no detenerla de inmediato, pero permitió que la demanda continúe y cuestionó la solidez jurídica de la medida.
Por ahora, la respuesta más importante para las familias es también la más sencilla: la ciudadanía por nacimiento no ha desaparecido en Estados Unidos. Lo que está en disputa es si el gobierno puede crear nuevas excepciones y cómo podrían aplicarse. Y esa respuesta todavía tendrá que pasar nuevamente por los tribunales.


