Buzón Tributario del SAT: ¿Cuál es la fecha límite para activarlo y evitar multas?
El SAT exige activar el Buzón Tributario antes del 31 de diciembre de 2025; no hacerlo puede generar multas de hasta 11 mil pesos desde 2026

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El Buzón Tributario es el canal oficial con el que el SAT envía notificaciones, requerimientos y avisos a contribuyentes. En la práctica, funciona como tu ‘bandeja de entrada’ fiscal: ahí se concentran comunicaciones que pueden impactar trámites, aclaraciones y plazos. Con el cierre de 2025, el tema tomó fuerza porque la autoridad fijó una fecha límite clara: si no lo habilitas a tiempo, puedes entrar en supuesto de infracción. Además, no basta con ‘tenerlo’: también importa registrar y validar tus medios de contacto para que el sistema quede correctamente activo.
La fecha clave es el 31 de diciembre de 2025. A partir del 1 de enero de 2026, no habilitarlo (o no tener actualizados los contactos) ya puede derivar en multa, conforme a lo previsto en el marco normativo aplicable. Aunque existen excepciones y casos donde el trámite es opcional, el SAT también aclara que, en ciertos supuestos, sí se vuelve obligatorio, por ejemplo cuando realizas trámites que lo requieren o si emitiste/recibiste CFDI en periodos recientes. Por eso, antes de asumir que ‘no te toca’, conviene revisar tu situación fiscal.
SAT 2026: ¿Es obligatorio activar el Buzón Tributario y por qué?
En términos generales, el SAT indica que todas las personas físicas y morales inscritas en el RFC deben habilitar el Buzón Tributario, excepto ciertos casos: personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica o con suspensión de actividades (opcional), y personas morales con suspensión (opcional).
Aun así, la propia autoridad precisa que sí es obligatorio si realizas trámites o procedimientos donde se requiere Buzón Tributario, o emitiste CFDI de ingresos o recibiste CFDI de nómina en los últimos 12 meses. También señala que quienes tributan por sueldos y salarios con ingresos menores a 400 mil pesos en el ejercicio inmediato anterior pueden optar por no habilitarlo (con las salvedades anteriores).
¿Cómo puedo activar el Buzón Tributario del SAT?: paso a paso
Antes de iniciar, asegúrate de contar con RFC activo, Contraseña del SAT o e.firma vigente, y de tener a la mano dos medios de contacto: un correo electrónico y un número de celular (son parte del proceso de validación).
Paso a paso para habilitarlo en línea:
- Entra al portal del SAT y elige ‘Buzón Tributario’.
- Inicia sesión con RFC y Contraseña o con e.firma.
- Ve a configuración.
- Registra tus medios de contacto (correo y celular).
- Confirma la información con el código que llega por correo/SMS y valida los datos.
- Descarga tu acuse como comprobante.
Un punto que suele pasarse por alto: no es un trámite de “una sola vez”. Para evitar problemas, mantén actualizados esos contactos, porque no registrarlos o no actualizarlos también entra en el supuesto sancionable.
SAT Buzón Tributario: ¿De cuánto es la multa si no lo activo?
El SAT establece que, por no habilitar el Buzón Tributario, o por no registrar / no actualizar los medios de contacto, la sanción va de 3 mil 850 pesos a 11 mil 540 pesos. Este rango se vincula con lo previsto en los artículos 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación, según la información del propio minisitio del SAT.
Además, el SAT ha señalado una prórroga para la aplicación de la sanción: el propio minisitio indica que la multa se aplica a partir del 1 de enero de 2026; es decir, el “colchón” para habilitarlo sin caer en infracción se agota al cierre de 2025.


