Mega puente del 20 de noviembre: ¿Cuántos y qué días son los de descanso obligatorio?
De acuerdo con la LFT el día de descanso obligatorio por la conmemoración del Día de la Revolución Mexicana se traslada al lunes 17 de noviembre

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El penúltimo mes del año traerá un nuevo mega puente para millones de estudiantes y trabajadores en México, debido a la conmemoración de la Revolución Mexicana. Este periodo de descanso forma parte de los días oficiales establecidos por la Ley Federal del Trabajo (LFT), que determinan qué fechas se suspenden de manera obligatoria en todo el país.
Aunque muchos esperan saber si el 20 de noviembre será día libre, lo cierto es que el descanso oficial no siempre coincide con la fecha exacta de la conmemoración. Por ello, es importante conocer qué día se suspenderán las labores y clases, así como cuáles serán los próximos descansos obligatorios que contempla el calendario para el siguiente año.
¿Cuándo es el día oficial de descanso obligatorio en noviembre?
De acuerdo con el Ley Federal del Trabajo (LFT), el día de descanso obligatorio por la conmemoración del Día de la Revolución Mexicana (20 de noviembre) se traslada al tercer lunes de noviembre. Para 2025 ese día oficial de descanso es el lunes 17 de noviembre. Este día aplica a los trabajadores en el sector formal.
¿Habrá clases el jueves 20 de noviembre?
Para los estudiantes de la Secretaría de Educación Pública (SEP), el día de descanso obligatorio es el lunes 17 de noviembre, motivo por el cual, el jueves 20 no está establecido por ley como día de asueto, por lo que sí habrá clases normales ese día.
¿Cuáles son los descansos obligatorios del próximo año?
La LFT en su artículo 74 establece los días de descanso obligatorio nacional. Para el año 2026, según las fuentes, los días oficiales son:
- 1 de enero (jueves) – Año Nuevo
- 2 de febrero (lunes) – Día de la Constitución (se recorre del 5 de febrero)
- 16 de marzo (lunes) – Natalicio de Benito Juárez (se recorre del 21 de marzo)
- 1 de mayo (viernes) – Día del Trabajo
- 16 de septiembre (miércoles) – Día de la Independencia
- 16 de noviembre (lunes) – Día de la Revolución Mexicana (se recorre del 20 de noviembre)
- 25 de diciembre (viernes) – Navidad
Estos días son de descanso obligatorio. Si se labora en alguno de ellos, el empleado debe recibir pago doble o triple, según la ley.
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