La excepción legal que valida la participación de Gilberto Mora en la Liguilla
La incertidumbre termina: autoridades y club validan la participación del juvenil ante Tigres y podrá disputar su primera Liguilla como profesional
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La incertidumbre sobre la participación de Gilberto Mora en el duelo de ida entre Tijuana y Tigres llegó a su fin. Tanto la Federación Mexicana de Fútbol como el Club Tijuana confirmaron a Claro Sports que no existe ningún obstáculo reglamentario para que el mediocampista sea elegible este miércoles en el Estadio Caliente.
La conversación en torno al tema explotó luego de que circulara la versión de que el jugador, con apenas 17 años, podría quedar fuera por una interpretación de la normativa laboral que regula actividades nocturnas para menores de edad. El horario del partido encendió dudas en redes sociales y generó debate entre los aficionados.
La situación llamó aún más la atención porque Mora ya jugó en un horario similar esta misma temporada. En la jornada 10, Tijuana enfrentó a Santos Laguna en un encuentro que inició a las 21:00 horas locales y el mediocampista participó hasta el minuto 75 antes de ser sustituido. Ese antecedente reforzó la idea de que no existía una restricción real para su uso competitivo.
Ante la especulación, Claro Sports buscó una postura oficial. Tanto la FMF como Tijuana coincidieron en que Mora está habilitado y que su participación no representa ninguna violación a la normativa vigente. El club podrá alinearlo sin riesgo de sanción.
¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo?
Artículo 175
Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de dieciocho años:
(PÁRRAFO REFORMADO D.O.F. 12 DE JUNIO DE 2015)
I. En establecimientos no industriales después de las diez de la noche
Este fragmento fue el origen de la confusión. Sin embargo, existe una excepción dentro del mismo marco legal que aclara por completo la situación.
La excepción que termina con cualquier especulación
Artículo 175 Bis
Para los efectos de este capítulo, no se considerará trabajo las actividades que bajo la supervisión, el cuidado y la responsabilidad de los padres, tutores o quienes ejerzan la patria potestad, realicen los menores de quince años relacionadas con la creación artística, el desarrollo científico, deportivo o de talento, la ejecución musical o la interpretación artística en cualquiera de sus manifestaciones, cuando se sujeten a las siguientes reglas:
(PÁRRAFO REFORMADO D.O.F. 12 DE JUNIO DE 2015)
a) La relación establecida con el solicitante deberá constar por escrito y contendrá el consentimiento expreso que en nombre del menor manifiesten los padres, tutores o quienes ejerzan la patria potestad, así como la incorporación del compromiso que asuma el solicitante de respetar a favor del mismo menor los derechos que la Constitución, los convenios internacionales y las leyes federales y locales reconozcan a favor de la niñez;
b) Las actividades que realice el menor no podrán interferir con su educación, esparcimiento y recreación en los términos que establezca el derecho aplicable, tampoco implicarán riesgo para su integridad o salud y en todo caso incentivarán el desarrollo de sus habilidades y talentos; y
c) Las contraprestaciones que reciba el menor por las actividades que realice nunca serán menores a las que por concepto de salario recibiría un mayor de quince y menor de dieciocho años.
Aunque este artículo se refiere específicamente a menores de 15 años, su redacción confirma que la legislación reconoce excepciones claras para actividades deportivas y de talento, siempre que exista supervisión, protección y lineamientos formales. Para futbolistas de 16 y 17 años dentro de un sistema profesional regulado como la Liga MX, la FMF aclaró que no existe ninguna restricción que impida su participación en partidos oficiales, incluso en horarios nocturnos.
Con la posición oficial de la Federación y del club, la especulación quedó completamente cerrada. Mora podrá disputar sin problema su primera Liguilla como profesional, un escenario clave en su crecimiento deportivo.


