Días festivos México 2026: consulta descansos obligatorios y puentes oficiales, de septiembre a diciembre
El calendario laboral todavía contempla tres descansos obligatorios en México durante 2026; revisa las fechas y los puentes que quedan

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El calendario de días festivos en México 2026 entra en su última parte del año, pero todavía quedan fechas de descanso obligatorio para las personas trabajadoras. Entre septiembre y diciembre habrá tres jornadas reconocidas por la Ley Federal del Trabajo (LFT).
El próximo descanso obligatorio será el miércoles 16 de septiembre, con motivo del aniversario de la Independencia de México. A diferencia de otras conmemoraciones, esta fecha se mantiene en el día establecido y no se traslada al lunes, por lo que no generará un fin de semana largo de manera oficial.
Después llegarán dos descansos que sí pueden extender el fin de semana: el correspondiente a la Revolución Mexicana, que se celebrará el lunes 16 de noviembre, y Navidad, el viernes 25 de diciembre. Estas son las fechas que deben considerar trabajadores y empleadores para el cierre de 2026.
¿Cuántos días festivos oficiales quedan para 2026? Listado de septiembre a diciembre
De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, quedan tres días de descanso obligatorio en México durante 2026:
- Miércoles 16 de septiembre: conmemoración de la Independencia de México.
- Lunes 16 de noviembre: descanso correspondiente al 20 de noviembre, aniversario de la Revolución Mexicana. La legislación establece que se concede el tercer lunes de noviembre.
- Viernes 25 de diciembre: Navidad.
El 1 de octubre también aparece en el artículo 74 de la LFT, pero únicamente es descanso obligatorio cada seis años cuando corresponde a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal. Por esta razón, no aplica en 2026.
También existen celebraciones importantes durante los últimos meses del año que no son días de descanso obligatorio para todos los trabajadores. Entre ellas se encuentran el Día de Muertos, el lunes 2 de noviembre, y el Día de la Virgen de Guadalupe, el sábado 12 de diciembre. Que una empresa otorgue descanso en estas fechas dependerá de sus políticas, contratos o acuerdos laborales.
¿Cuántos puentes feriados habrán el resto del 2026 en México?
Si se consideran únicamente los descansos obligatorios establecidos por la LFT, durante los últimos cuatro meses de 2026 habrá dos fechas que permitirán extender el descanso junto al fin de semana.
La primera será el lunes 16 de noviembre. Al ubicarse después del sábado 14 y domingo 15, permitirá formar un periodo de tres días consecutivos de descanso para quienes normalmente no trabajan durante el fin de semana.
La segunda llegará con Navidad, el viernes 25 de diciembre. Al combinarse con el sábado 26 y domingo 27, también podrá convertirse en un fin de semana largo de tres días para las personas con jornadas laborales de lunes a viernes.
El 16 de septiembre caerá en miércoles, por lo que no constituye un puente oficial. La fecha tampoco se mueve al lunes: el descanso obligatorio corresponde específicamente al miércoles 16.
En el calendario escolar existe otra pausa que puede confundirse con un puente laboral. La SEP contempla la suspensión de clases el viernes 25 de septiembre por la primera sesión ordinaria del Consejo Técnico Escolar del ciclo 2026-2027. Los alumnos de educación básica podrán unir ese viernes con el sábado 26 y domingo 27, pero este descanso aplica al calendario escolar y no convierte al 25 de septiembre en un feriado laboral obligatorio.
¿Qué pasa si los trabajadores laboran en días de descanso obligatorios?
Trabajar durante un día de descanso obligatorio implica una compensación adicional. El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo establece que las personas que deban prestar sus servicios tienen derecho a recibir el salario correspondiente al día de descanso, más un salario doble por el trabajo realizado.
En términos prácticos, esto significa que el trabajador debe recibir el equivalente a un salario triple por ese día: su salario diario habitual, que ya le corresponde por tratarse de un descanso obligatorio, más dos veces su salario diario por haber trabajado.
La legislación también contempla un pago adicional cuando un descanso obligatorio coincide con domingo. En ese supuesto, además de la remuneración correspondiente por trabajar durante el feriado, deberá cubrirse la prima dominical establecida en el artículo 71 de la LFT.
Para lo que resta de 2026, estas disposiciones serán especialmente relevantes el 16 de septiembre, 16 de noviembre y 25 de diciembre, los tres descansos obligatorios que todavía quedan en el calendario laboral mexicano.


